La nueva Ley de Autónomos, aprobada el mes de julio en el Congreso con el apoyo unánime de los grupos, recoge varias novedades y beneficios para el colectivo de los trabajadores autónomos, y por tanto a los profesionales de la oficina de farmacia.
Encontramos por ejemplo mejoras para la situación laboral de las farmacéuticas que desempeñen su trabajo en oficina de farmacia y sean autónomas. Recordemos que, según el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF), en 2016 el 71,7 por ciento de los colegiados eran mujeres, suponiendo el 71,8 por ciento de los profesionales ejercientes en farmacias comunitarias. Además, el 52,3 por ciento de los profesionales colegiados en España son mujeres de menos de 55 años, siendo la profesión farmacéutica la que cuenta con mayor número de mujeres colegiadas entre las profesionales sanitarias, tras Enfermería y Psicología.
Estas mejoras establecen que durante los períodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, siempre que este período tenga una duración superior a un mes, se aplicará una bonificación del 100 por cien de la cuota de autónomos. En total, se generaliza una exención del 100 por cien de la cuota para el cuidado de menores o dependientes durante un año. Además, se establece una tarifa plana de 50 euros de cuota para aquellas mujeres que se reincorporen a la actividad tras la baja maternal. Importante también la incorporación de la pareja de hecho a las bonificaciones por altas de familiares colaboradores.
Otra de las novedades es la ampliación de la tarifa plana de 50 euros a un año. Tarifa que se podrá retomar tras dos años de inactividad (hasta ahora eran cinco). Destacable es también la posibilidad de cambiar hasta cuatro veces en el mismo año la base de cotización, en función de sus intereses e ingresos, y el reconocimiento del accidente in itinere (de ida y vuelta al centro de trabajo).
La principal novedad para aquellos trabajadores que continúen trabajando después de cumplir su fecha de jubilación y tengan empleados, es que podrán compatibilizar su salario con la totalidad de la pensión. Por último, se reducen los recargos por deudas en el primer trimestre de retraso.
Lo más probable es que el grueso de medidas entre en vigor en septiembre, y las relacionadas con altas y bajas a la Seguridad Social y el cambio de bases en enero de 2018.
Fuente: correofarmacéutico.com